Doble titulación Maestro / a en Educación Infantil / Maestro / a en Educación Primaria

  • Imparte:
  • Modalidad:
    Presencial
  • Precio:
    Información no disponible
  • Comienzo:
    Información no disponible
  • Lugar:
    Girona
    España
  • Duración:
    372 ECTS
  • Idioma:
    El Grado se imparte en Castellano y Catalán
  • Titulación:
    Doble Grado de Maestro / a en Educación Infantil / Maestro / a en Educación Primaria.

Por primera vez ofrecemos, de forma diferenciada, la doble titulación en Maestro / a de Educación Infantil y Primaria. En este itinerario doble, que próximamente podrá ver en detalle en este web, los estudiantes recibirán una formación que les permitirá ejercer tanto en educación infantil como primaria. El objetivo es que, más allá de la flexibilidad que esta formación dé a las plantillas, los maestros formados con este programa puedan planificar y actuar de manera integradora y global, teniendo en cuenta aspectos de continuidad y progresión.

La realidad escolar de Cataluña corrobora que los maestros deben conocer las bases-psicológicas, pedagógicas, sociales, didácticas y disciplinarias-y el currículo de las dos etapas con la suficiente profundidad para generar transiciones más dulces y adaptaciones individuales y lectivas en los contextos reales de diversidad, multiculturalidad y multilingüismo que se dan en la mayoría de nuestras escuelas.

Acceso a los estudios universitarios oficiales de Grado.

a) Procedimientos de acceso:

1. El procedimiento de acceso a la universidad mediante la superación de una prueba, por parte de quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller al que se refieren los artículos 37 y 50.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. El procedimiento de acceso a la universidad para estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que España haya suscrito Acuerdos Internacionales a este respecto, previsto por el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, que cumplan los requisitos exigidos en su respectivo país para el acceso a la universidad.

3. El procedimiento de acceso a la universidad para estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, previa solicitud de homologación, del título de origen al título español de Bachiller.

4. El procedimiento de acceso a la universidad para quienes se encuentren en posesión de los títulos de Técnico Superior correspondientes a las enseñanzas de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas o de Técnico Deportivo Superior correspondientes a las Enseñanzas Deportivas a los que se refieren los artículos 44, 53 y 65 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.

5. El procedimiento de acceso a la universidad de las personas mayores de veinticinco años previsto en la disposición adicional vigésima quinta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

6. El procedimiento de acceso a la universidad mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional, previsto en el artículo 42.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior.

7. El procedimiento de acceso a la universidad de las personas mayores de cuarenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior.

O quienes reúnan alguno de los siguientes requisitos:

b) Estén en posesión de un título universitario oficial de Grado o título equivalente.

c) Estén en posesión de un título universitario oficial de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.

d) Hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o, habiéndolos finalizado, no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad correspondiente les haya reconocido al menos 30 créditos.

e) Estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del Sistema Educativo Español anteriores a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Primer Curso:
Aprendizaje y desarrollo de la personalidad
Ciencia, salud y sostenibilidad
Infancia, salud y alimentación
Lenguas y competencias comunicativas
Observación sistemática y análisis de contextos
Sociedad, familia y escuela

Segundo Curso:
Música, Expresión plástica y corporal
Procesos y contextos Educativos
Organización del espacio escolar, materiales y Habilidades docentes
Aprendizaje de las ciencias naturales, sociales y matemáticas
Matemáticas
Aprendizaje de las lenguas y lectoescritura
Diversidad y conexiones entre área curricular
Lenguas

Tercer Curso:
Aprendizaje de las lenguas y lectoescritura
Ciencias experimentales
Educación física
Educación musical, plástica y visual
Ciencias sociales
Competencias básicas y currículum
Prácticum 1 y TFG 1

Cuarto Curso:
Matemáticas
Ciencias experimentales
Lenguas
Educación física
La escuela de educación infantil
Educación musical, plástica y visual
Dificultades del aprendizaje y trastornos del desarrollo
Ciencias sociales
Prácticum 1 y TFG

Quinto Curso:
Experimentaciones, manipulación y juego en la educación infantil
Trabajo Fin de Grado

Mención en educación de artes visuales y plásticas
Mención en educación física
Mención en Lenguas Extranjeras
Mención educación musical
Mención tecnologías de la información y la comunicación
Mención Teología católica y sume pedagogía
Mención Biblioteca escolar
Mención Educación Científica y Ambiental
Mención en Coordinación y Dinamización

La maestra y el maestro de la doble titulación de infantil y primaria trabajan en guarderías, en parvularios públicos, concertados y privados y en escuelas públicas, concertadas y privadas, educando a los niños de 0 a 12 años.

También pueden asumir la dirección de guarderías y de centros educativos, y pueden trabajar en ayuntamientos y consejos comarcales, en programas y servicios de atención a la infancia, en escuelas de adultos, escuelas hospitalarias y escuelas de las instituciones penitenciarias, entre otros.

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