Podrán acceder a los estudios oficiales de grado las personas que reúnan alguno de los requisitos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 412/2014 de 6 de junio:
Estar en posesión del título de bachillerato y superar la evaluación del bachillerato para el acceso a la universidad (EBAU)
Estar en posesión de un título de técnico superior de formación profesional, de técnico superior de artes plásticas y diseño o de técnico deportivo superior
Haber superado las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años
Haber superado las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 45 años
Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente
Obtener el título de bachillerato europeo, bachillerato internacional o títulos, diplomas o estudios de bachiller de sistemas educativos de estados miembros de la Unión Europea o de otros estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales.
Personas que estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del Sistema Educativo Español anteriores a la Ley Orgánica 8/2013
El alumnado procedente de otros estudios oficiales cursados en España podrá solicitar el reconocimiento de créditos en la administración del centro en el que se imparta la titulación que desea estudiar y obtener el reconocimiento de un mínimo de 30 créditos ECTS y cumplir los requisitos establecidos en el art.3 do Real Decreto 412/2014 y en la Normativa de gestión académica de la Universidad.
De no obtener el reconocimiento, deberá incorporarse al proceso general de admisión.
Las EBAU están organizadas para todo el sistema universitario gallego por una comisión mixta entre la Xunta de Galicia en las tres universidades gallegas, la Comisión Interuniversitaria Gallega, CIUG
La matrícula de las EBAU se hace a través de la aplicación informática NERTA y, en los casos que proceda, en los lugares de entrega y recogida de documentos LERD, en cualquiera de los siete campus de Galicia