Grado en Óptica y Optometría

  • Imparte:
  • Modalidad:
    Presencial
  • Precio:
    Información no disponible
  • Comienzo:
    Septiembre 2025
  • Lugar:
    Granada
    España
  • Duración:
    240 ECTS
  • Titulación:
    Título Oficial de Grado en Óptica y Optometría.

Acceso a los estudios universitarios oficiales de Grado.

a) Procedimientos de acceso:

1. El procedimiento de acceso a la universidad mediante la superación de una prueba, por parte de quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller al que se refieren los artículos 37 y 50.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. El procedimiento de acceso a la universidad para estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que España haya suscrito Acuerdos Internacionales a este respecto, previsto por el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, que cumplan los requisitos exigidos en su respectivo país para el acceso a la universidad.

3. El procedimiento de acceso a la universidad para estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, previa solicitud de homologación, del título de origen al título español de Bachiller.

4. El procedimiento de acceso a la universidad para quienes se encuentren en posesión de los títulos de Técnico Superior correspondientes a las enseñanzas de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas o de Técnico Deportivo Superior correspondientes a las Enseñanzas Deportivas a los que se refieren los artículos 44, 53 y 65 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.

5. El procedimiento de acceso a la universidad de las personas mayores de veinticinco años previsto en la disposición adicional vigésima quinta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

6. El procedimiento de acceso a la universidad mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional, previsto en el artículo 42.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior.

7. El procedimiento de acceso a la universidad de las personas mayores de cuarenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior.

O quienes reúnan alguno de los siguientes requisitos:

b) Estén en posesión de un título universitario oficial de Grado o título equivalente.

c) Estén en posesión de un título universitario oficial de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.

d) Hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o, habiéndolos finalizado, no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad correspondiente les haya reconocido al menos 30 créditos.

e) Estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del Sistema Educativo Español anteriores a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Formar profesionales que sean capaces de:
Comunicar de forma coherente los conocimientos básicos de la Óptica y la Optometría.
Conectar la Óptica y la Optometría con disciplinas específicas y otras complementarias.
Implementar métodos de análisis crítico, desarrollo de teorías y su aplicación al campo disciplinar de la Óptica y la Optometría.
Aplicar las pruebas experimentales de las teorías científicas, así como sus aplicaciones en el campo disciplinar de la Óptica y la Optometría.
Desarrollar actividades encaminadas a la atención visual primaria.
Derivar pacientes a otros profesionales con el informe correspondiente estableciendo los niveles de colaboración que garanticen la mejor atención posible.
Elaborar informes cuando sea necesario.
Garantizar la confidencialidad de los datos a los que accede en su ejercicio profesional.
Ejercer actividades de planificación y gestión en servicios de salud públicos y privados.

Podemos destacar en el ámbito de la salud, las salidas profesionales, que ya son un hecho, y a las que hoy día opta un Óptico-Optometrista:

Director técnico o directora técnica de establecimientos de Óptica o de centros optométricos
Optometrista en servicios de oftalmología (públicos o privados).
Optometrista en centros o servicios de cirugía refractiva.
Industria de óptica-oftálmica.
Técnicos en screening visuales.
Investigación (Universidad, empresas y centros sanitarios).

Conocer, diseñar y aplicar programas de prevención y mantenimiento relacionados con la salud visual de la población.
Realizar exámenes visuales con eficacia en cada una de sus fases: anamnesis, elección y realización de pruebas diagnósticas, establecimiento de pronóstico, elección y ejecución del tratamiento y redacción, si procede, de informes de remisión que establezcan los niveles de colaboración con otros profesionales, a fin de garantizar la mejor atención posible para el paciente.
Asesorar y orientar al paciente y familiares durante todo el tratamiento.
Ser capaz de reflexionar críticamente sobre cuestiones clínicas, científicas, éticas y sociales implicadas en el ejercicio profesional de la Optometría, comprendiendo los fundamentos científicos de la Óptica-Optometría y aprendiendo a valorar de forma crítica la terminología, ensayos clínicos y metodología de la investigación relacionada con la Óptica-Optometría.
Emitir opiniones, informes y peritajes cuando sea necesario.
Valorar e incorporar las mejoras tecnológicas necesarias para el correcto desarrollo de su actividad profesional.
Ser capaz de llevar a cabo actividades de planificación y gestión en un servicio o pequeña empresa en el campo de la Óptica-Optometría.
Ser capaz de planificar y realizar proyectos de investigación que contribuyan a la producción de conocimientos en el ámbito de Optometría, transmitiendo el saber científico por los medios habituales.
Ampliar y actualizar sus capacidades para el ejercicio profesional mediante la formación continuada.
Ser capaz de comunicar las indicaciones terapéuticas de salud visual y sus conclusiones, al paciente, familiares, y al resto de profesionales que intervienen en su atención, adaptándose a las características socioculturales de cada interlocutor.
Situar la información nueva y la interpretación de la misma en su contexto.

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