El acceso a las enseñanzas oficiales de grado requerirá estar en posesión del título de bachiller o equivalente y la superación de la prueba a que se refiere el artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, sin perjuicio de los demás mecanismos de acceso previstos por la normativa vigente. En la actualidad, las vías y requisitos de acceso al título son las siguientes:
- Selectividad de COU (prioridad para las opciones A y B)
- Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) de LOGSE (prioridad para las vías 1 y 2)
- Formación Profesional de 2 º Grado, Módulo Profesional de Nivel 3, Ciclo Formativo de Grado Superior o equivalente: ramas o especialidades vinculadas. (Las posibilidades de acceso quedan reguladas por la Orden 2527/2005, de 4 de julio, por la que se actualiza y amplía el anexo X de Acceso a Estudios Universitarios desde los Ciclos Formativos de Grado Superior, del Real Decreto 777/1998, de 30 de abril).
- Cualquier título universitario o asimilado.
- PAU para mayores de 25 años.
- Por homologación o convalidación de estudios extranjeros (Real Decreto 285/2004 de 20 de febrero modificado por el RD 309/2005 de 18 de marzo).
- Alumnos procedentes de sistemas educativos de estados miembros de la Unión Europea o los de otros estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad (artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006).