La nueva ley de FP contempla que toda la formación profesional sea dual en la empresa
La nueva organización que plantea el anteproyecto considera que la oferta de los grados C, D y E (certificado profesional, título de formación profesional, especialista y máster profesional) se diseñará para que parte de la formación se reciba en el centro educativo y parte en el centro de trabajo.
La futura ley de Formación Profesional contempla una nueva organización del sistema educativo a través de módulos e itinerarios formativos que permitirá progresar mediante cinco grados diferenciados.
De este modo, los trabajadores -tanto empleados como desempleados- podrán acreditar sus competencias profesionales hasta adquirir un certificado que les dé acceso a los ciclos formativos de FP.
Los cinco grados que propone esta ley son:
· Grado A: Acreditación parcial de competencias
· Grado B: Certificado de Competencia Profesional
· Grado C: Certificado Profesional
· Grado D: Ciclos Formativos (Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior)
· Grado E: Cursos de especialización (título de especialista y Máster Profesional)
Los tres primeros corresponderían a la actual Formación Profesional para el Empleo, centrada en la formación continua de los trabajadores y en la acreditación de competencias mediante la experiencia laboral. A los grados del A al C solo podrán acceder las personas mayores de 18 años, y permitirán configurar itinerarios propios adaptados a sus expectativas profesionales, sus circunstancias personales o sus necesidades laborales, explican desde el Ministerio. Tienes toda la información ampliada en este reportaje.
En lo que concierne a los ciclos formativos de Formación Profesional, es decir, al Grado de FP Básica, al Grado Medio y al Grado Superior, se verán modificados en algunos aspectos que vemos a continuación:
Formación Profesional Dual
El anteproyecto de ley establece que toda la Formación Profesional en España será dual. Esto quiere decir que todas las personas que realicen un grado C y D (certificado de profesionalidad y un grado de FP) pasarán parte de su formación en una empresa. A su vez, distingue entre dos tipos de Formación Profesional Dual, la FP general y la FP avanzada.
En la FP Dual general los estudiantes realizarán entre el 25% y el 35% de su formación en una empresa, de la que ésta asumirá hasta un 20% de los resultados de su aprendizaje, pero no habrá relación contractual. En la FP Dual avanzada la formación en empresa supondrá entre el 35% y el 50% del tiempo, y la compañía asumirá hasta el 40% de los resultados del aprendizaje. En este caso sí que habrá relación contractual con la empresa.
Para realizar la estancia en la empresa se deberá tener cumplidos 16 años y haber superado la formación en prevención de riesgos laborales. Tendrá consideración de formación curricular y no la de prácticas. El alumno/a tendrá un tutor en el centro educativo y otro en la empresa, que seguirán su proceso formativo. Podrán quedar exentos de esta fase práctica dual quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales cursados.
Grado D: Ciclos Formativos
En la nueva estructura que plantea la ley de Formación Profesional los distintos niveles se estructuran por módulos profesionales, e incluirán la realización de un proyecto intermodular que integre todos los conocimientos adquiridos.
· Grado Básico: la duración será de dos cursos académicos, equivalente a 2000 horas. Constará de un ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales (lengua castellana, lengua extranjera, ciencias sociales y lengua cooficial, en su caso), de un ámbito de Ciencias Aplicadas (matemáticas y ciencias aplicadas), de un ámbito profesional, que incluirá la formación necesaria para obtener un certificado profesional de Grado C, y de un proyecto anual de aprendizaje colaborativo.
Podrán acceder quienes tengan cumplidos 15 años, hayan cursado 3º de ESO o hayan sido propuestos por el equipo docente. También quienes hayan cumplido al menos 17 años, cuando su historia escolar así lo aconseje, o el alumnado de hasta 21 años de edad con necesidades educativas especiales.
· Grado Medio: la duración será de dos cursos académicos, equivalente a 2000 horas. Se accede con el título de ESO, con un título de técnico básico o mediante las pruebas de acceso, para lo que se deberá tener cumplidos 17 años. El título de Técnico de Formación Profesional permitirá el acceso a los ciclos formativos de grado superior de la formación profesional y de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
· Grado Superior: la duración podrá variar entre dos o tres cursos académicos, equivalente a entre 2000 y 3000 horas. Se accede con el título de Bachiller, con el título de técnico medio, técnico superior o grado universitario, o mediante las pruebas de acceso, para lo que se deberá tener cumplidos 19 años. El título de Técnico Superior permitirá el acceso a los estudios universitarios de grado, previa superación de un procedimiento de admisión y con las convalidaciones de créditos que procedan.
Grado E: Cursos de especialización
Los cursos de especialización que complementan y profundizan en los conocimientos de quienes ya tienen un título de FP podrán formar parte de la educación secundaria de segundo grado o de la educación superior. Tendrán una duración básica de entre 300 y 800 horas, pudiendo incluir una fase práctica dual.
Se establecen diferencias en el título que se obtiene con estos cursos: quienes superen un curso de especialización de la formación profesional de grado medio obtendrán el título de Especialista; mientras que quienes lo hagan desde un grado superior de FP obtendrán el título de Máster profesional.
Itinerarios conjuntos con la universidad
Entre las novedades que incluye el anteproyecto de ley es que las Administraciones educativas y las universidades promoverán el reconocimiento mutuo, en calidad de créditos de educación superior, de las enseñanzas de formación profesional de grado superior y las enseñanzas universitarias para facilitar el establecimiento de itinerarios formativos que reconozcan la formación previamente adquirida en ambos sentidos.
Los centros que impartan formación profesional de grado superior colaborarán con las universidades para desarrollar nuevos modelos de relaciones entre ellos. Los acuerdos establecidos entre ambos permitirán incluir en los currículos partes de módulos o de materias correspondientes a las otras enseñanzas en forma de complementos formativos, e incluso el uso ocasional de las respectivas instalaciones.