Los universitarios podrán elegir asignaturas de otras carreras y cursar parte del Grado en una empresa

Sofía Riesco

Grados de cuatro años, con itinerarios abiertos entre titulaciones y mención dual, y la opción de cursar títulos de formación permanente para personas con y sin titulación universitaria, son las claves del último Real Decreto aprobado.

¿Te imaginas cursar asignaturas de varios Grados al mismo tiempo? ¿Y pasar parte de la carrera aprendiendo en una empresa? Esto es lo que podrán hacer los estudiantes universitarios que opten por cursar un itinerario abierto o la mención dual que ofrezca su universidad. Estas nuevas vías de formación serán posibles con la aprobación del Real Decreto por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y que ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros.

El Ministerio de Universidades persigue así la agilización de los trámites de evaluación de los títulos, así como la modernización e innovación de las enseñanzas universitarias. A continuación vemos los puntos más destacados de este Real Decreto:

· Adiós a los grados de tres años

Los Grados universitarios de tres años de duración desaparecerán definitivamente. El RD establece que todos los grados deben tener 240 créditos (a excepción de aquellos que por directrices europeas deben ser de 300 o 360 crédito)., los másteres 60, 90 o 120 créditos, y al doctorado se accederá cuando se superen 300 créditos entre ambas enseñanzas.

Los estudios oficiales de Grado podrán impartirse en modalidad docente presencial, en la híbrida o semipresencial (aquella que combina clases presenciales y online, suponiendo esta última entre el 40% y el 60% de la docencia) y en la virtual o no presencial (al menos el 80% de los créditos se imparten online).

Además, las universidades españolas podrán proponer con otra universidad u otras extranjeras, un plan de estudios conjunto conducente a un título universitario oficial de Grado, Máster Universitario o Doctorado mediante la celebración de un convenio. Respecto a los precios públicos, estarán fijados por las Comunidades Autónomas dentro de los límites máximos establecidos por la Conferencia General de Política Universitaria.

En cuanto a los másteres, se recoge que, de manera excepcional, las universidades podrán establecer procedimientos de matrícula condicionada para el acceso a un Máster Universitario, que consistirá en permitir que un estudiante de Grado al que le quede por superar el TFG y como máximo hasta 9 créditos ECTS, podrá acceder y matricularse en un Máster Universitario. No obstante, no podrá obtener el título de Máster si no ha obtenido previamente el título de Grado.

· Mención dual para los grados y másteres

Otra de las novedades que incluye el Real Decreto es que entre un 20% y un 40% de los créditos del Grado, y entre un 25% y 50% de los créditos del Máster podrán realizarse en una empresa, organización, institución o administración, entre los que se incluirá el Trabajo de Fin de Grado o el de Máster.

De esta manera, los títulos universitarios oficiales de Grado y de Máster que incluyan esta Mención Dual compondrán un proyecto formativo común que se desarrollará complementariamente en el centro universitario y en una entidad colaboradora. La actividad formativa desarrollada de forma dual se alternará con una actividad laboral retribuida, a través de un contrato para la formación dual universitaria. Para ello será necesario que haya un convenio de colaboración educativa entre ambos.

Las universidades podrán elaborar o adaptar los planes de estudio a esta mención dual, y los estudiantes que hayan escogido esta opción y lo consideren oportuno, podrán volver al itinerario general siempre que no hayan superado la mitad de los créditos definidos para la obtención de la Mención Dual.

· Grados con itinerario académico abierto

Esta opción permitirá a los alumnos cursar asignaturas de dos o más títulos universitarios oficiales de Grado que pertenezcan al mismo ámbito de conocimiento o afín a él. Este itinerario constará de entre 60 y 120 créditos, que corresponderán a asignaturas básicas y obligatorias, y se cursarán durante los dos primeros años del Grado.

Al terminar este itinerario académico abierto, el estudiante podrá continuar sus estudios en uno de los títulos universitarios oficiales de Grado incluidos en el programa. Para esta opción las universidades asignarán un cupo de plazas, que no superará el 10% del límite de plazas de nuevo ingreso más bajo que tuvieran los títulos de Grado incluidos en el itinerario.

· Formación permanente

Las universidades podrán impartir titulaciones propias (no oficiales), en la que se incluirá la formación permanente. Este tipo de enseñanzas podrá ser impartida por centros o institutos de formación permanente, fundaciones universitarias, facultades o escuelas sean propias o adscritas, así como institutos de investigación. Podrán ser presenciales, híbridas o virtuales, y se dirigirán tanto a titulados/as universitarias como a personas sin titulación superior. De este modo se distinguen los siguientes títulos propios:

Para personas tituladas universitarias:
- Máster de Formación Permanente: con una carga de 60, 90 y 120 créditos ECTS.
- Diploma de Especialización: con entre 30 y 59 créditos.
- Diploma de Experto: de menos de 30 créditos.

Para personas sin titulación universitaria:
- Certificado con la denominación del curso respectivo: con una carga máxima de 30 créditos ECTS.
- Microcredenciales o micromódulos: podrán ser para personas con y sin titulación universitaria, y serán enseñanzas de menos de 15 créditos

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